LABORALES

Artículo IUS 817128. COMPETENCIA POR RAZON DE LA MATERIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

COMPETENCIA POR RAZON DE LA MATERIA.

La Ley Constitucional y la Ley Federal del Trabajo dividen la competencia, por razón de la materia y por razón del lugar; y las disposiciones que atañan a la primera clase de competencia no son renunciables, supuesto que el interés público que impone semejante división, resultaría afectada con la renuncia de particulares, ya que las autoridades del trabajo no pueden tener más competencia que la que las mismas leyes les confieran.

---

Registro digital (IUS): 817128

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 68

Precedentes

Competencia. Suscitada entre las Juntas de Conciliación y Arbitraje de esta capital, Especial Federal Número IV y Central. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación y el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817128 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817128 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817128 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817128 LABORALES desde tu celular