Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Cuando no obstante haber sido citada legalmente una de las partes para absolver posiciones no concurre, por lo que la otra pide que se le tenga por confesa y la Junta califica de legales las posiciones, desintegrándose después sin hacer la declaración de que se tenga por confesa a la parte que no compareció, no puede decirse que ésta no haya incurrido en la sanción establecida por el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 817223
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 59
Amparo 8484/37. Camacho viuda de Hernández Leandra. 4 de agosto de 1938. La publicación no menciona la votación del asunto, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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