LABORALES

Artículo IUS 817778. EMPLEADO A QUIEN SE LE APLICAN PERDIDAS Y UTILIDADES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

EMPLEADO A QUIEN SE LE APLICAN PERDIDAS Y UTILIDADES.

El empleado a quien se le da participación en las utilidades de una negociación y a quien también se le carga parte de pérdidas, no es un empleado que trabaje por sueldo; se presume que es un verdadero asociado y su suerte, por consiguiente, está ligada a la de la negociación en que presta sus servicios; de modo que no puede exigir el pago de las utilidades que le corresponden, sino mediante la liquidación del negocio a que está asociado.

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Registro digital (IUS): 817778

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 349

Precedentes

Súplica 112/30. Fernández Río Antonio. 25 de agosto 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817778 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817778 de la J. Laborales SCJN?

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