Jurisprudencia · Séptima Época · Cuarta Sala
No constituye violación de garantías por parte de la Junta el hecho de que en el laudo no haga el extracto de los alegatos presentados por las partes o deje de hacer referencia a ellos, porque tal omisión no trasciende al resultado de la resolución, ya que los alegatos no son otra cosa que las manifestaciones que las partes efectúen en relación a sus pretensiones, pero la Junta no está obligada a resolver conforme el contenido de ellos sino de acuerdo con la litis planteada, enumerando las pruebas, apreciándolas conforme sea debido en conciencia, exponiendo las razones legales de equidad y las doctrinarias que le sirvan de fundamento.
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Registro digital (IUS): 818718
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 73
Séptima Epoca, Quinta Parte:Volúmenes 115-120, página 16. Amparo directo 2952/78. Emma Alonso viuda de Saucedo. 23 de agosto de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez.Volúmenes 115-120, página 16. Amparo directo 1716/78. Héctor Quiñonez Castañeda. 18 de septiembre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Miguel Bonilla Solís.Volúmenes 115-120, página 16. Amparo directo 2951/78. Secundino Hernández Contreras y otros. 13 de noviembre de 1978. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Miguel Bonilla Solís.Volúmenes 115-120, página 16. Amparo directo 1489/78. Juan Quezada Mendoza. 11 de octubre de 1978. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volúmenes 217-228, página 73. Amparos directos 6060/86 y 6072/86. Sindicato Industrial de Trabajadores al Servicio de los Productores y Distribuidores de los Materiales para la Construcción en General, Similares, Conexos y Derivados del Estado de México. 1o. de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Martínez Delgado. Secretario: Eufemio Zamudio Alemán.Nota: Esta tesis también aparece en la Séptima Epoca, Volúmenes 151-156, Quinta Parte, página 90 y en el Informe 1987, Segunda Parte, tesis 1, página 5 (jurisprudencias con precedentes diferentes).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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