Jurisprudencia · Novena Época · Segunda Sala
De los artículos 776, 777, 778, 779, 780, 781, 782, 783 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, se deduce que las partes en el juicio laboral pueden válidamente ofrecer toda clase de pruebas, con tal de que se refieran a la litis y no sean contrarias a la moral o al derecho, para demostrar los hechos cuya carga les corresponde y que, inclusive, la autoridad tiene facultades para allegarse, de oficio, las que estime pertinentes para acceder a la verdad. Por tanto, cuando el trabajador demanda la efectividad de prestaciones extralegales que se apoyan en un contrato colectivo, pueden probar los términos de éste, no solamente exhibiendo dicho contrato o las cláusulas correspondientes, sino también con cualquier otro elemento probatorio, inclusive con la confesión ficta derivada de la incomparecencia del patrón demandado, si se rinde y aprecia conforme a las disposiciones legales.
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Registro digital (IUS): 819165
Clave: 2a./J. 11/95
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Segunda Sala
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Junio de 1995; Pág. 112
Contradicción de tesis 27/94. Entre el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito. 28 de abril de 1995. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Jorge Carenzo Rivas.Tesis de Jurisprudencia 11/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada del doce de mayo de mil novecientos noventa y cinco, por cinco votos de los Ministros: Presidente Juan Díaz Romero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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