Jurisprudencia · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El salario es una institución fundamental del derecho del trabajo que representa la base del sustento material de los trabajadores. La prestación denominada incentivo o bono trimestral que de manera regular e invariable se entrega al trabajador por razón del trabajo desempeñado, forma parte de su salario ordinario y lo integra para todos los efectos legales, con fundamento en el artículo 82 en relación con el 84 de la Ley Federal del Trabajo; por tanto, cualquier renuncia que de la citada prestación hiciere el trabajador es nula, aun cuando se haga a través de un convenio celebrado ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, atento lo establecido en el inciso h) de la fracción XXVII apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO OCTAVO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 819439
Clave: XVIII.1o. J/9
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Diciembre de 1997; Pág. 590
Amparo directo 548/92.-Comisión Federal de Electricidad.-10 de febrero de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Julio Chávez Ojesto.-Secretario: Erico Torres Miranda.Amparo directo 17/94.-Comisión Federal de Electricidad.-13 de julio de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alejandro Roldán Velázquez.-Secretario: Mario Augusto Herrera Hernández.Amparo directo 18/94.-Comisión Federal de Electricidad.-6 de octubre de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alejandro Roldán Velázquez.-Secretario: Mario Augusto Herrera Hernández.Amparo directo 186/95.-Comisión Federal de Electricidad.-15 de febrero de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alejandro Roldán Velázquez.-Secretario: Mario Augusto Herrera Hernández.Amparo directo 535/96.-Comisión Federal de Electricidad.-16 de enero de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Mario Roberto Cantú Barajas.-Secretaria: Graciela Rocío Santes Magaña.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX-Mayo, tesis I.1o.T.241 L, página 531, de rubro: "SALARIO, BONO O INCENTIVO TRIMESTRAL COMO PARTE DEL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.6o.T.59 L . SUSPENSIÓN CONTRA LAUDO. NO PROCEDE NEGARLA PARA GARANTIZAR LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR, CON BASE EN EL MONTO DEL SALARIO MÍNIMO, SI EXISTE CANTIDAD CIERTA EN LA CONDENA ESTABLECIDA.
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Art. 2a. XCI/20003 . PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE LA REGULA, VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2002, CONTRAVIENE EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN IX, INCISO E), DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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