MERCANTILES

Artículo XII.3o.(V Región) 1 C (10a.). RECURSO DE REVOCACIÓN. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NO DECRETA LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN UN JUICIO MERCANTIL EN EL QUE POR LA CUANTÍA NO PROCEDE EL DE APELACIÓN.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

RECURSO DE REVOCACIÓN. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NO DECRETA LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN UN JUICIO MERCANTIL EN EL QUE POR LA CUANTÍA NO PROCEDE EL DE APELACIÓN.

La interpretación gramatical del artículo 1334 del Código de Comercio lleva a considerar que procede el recurso de revocación contra los autos que no son apelables y los decretos emitidos por el Juez de instancia. Por tanto, si se determinó la no caducidad en el procedimiento primario, es indudable que el recurso que procede contra esa negativa es el de revocación, máxime que en razón de la cuantía ni siquiera la sentencia definitiva resulta apelable en términos del diverso numeral 1340 de la legislación invocada con antelación y, por ende, al no haberse agotado el citado medio de impugnación, se considera que es un acto consentido, no factible de estudio en el juicio de amparo directo.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

---

Registro digital (IUS): 2000882

Clave: XII.3o.(V Región) 1 C (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 2098

Precedentes

Amparo directo 137/2012. Guadalupe Anduaga Valenzuela y otro. 23 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Esper Félix. Secretario: Javier de la Fuente Martínez.Nota: Por ejecutoria del 21 de agosto de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 70/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XII.3o.(V Región) 1 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XII.3o.(V Región) 1 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XII.3o.(V Región) 1 C (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XII.3o.(V Región) 1 C (10a.) MERCANTILES desde tu celular