MERCANTILES

Artículo 1a./J. 36/2013 (10a.). ACCIÓN DE REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL ERARIO DEL ESTADO DE GUANAJUATO POR EL MAL USO DE RECURSOS PÚBLICOS. PRESCRIBE EN TRES AÑOS AL ENCUADRAR EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1258, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA ENTIDAD.

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

ACCIÓN DE REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL ERARIO DEL ESTADO DE GUANAJUATO POR EL MAL USO DE RECURSOS PÚBLICOS. PRESCRIBE EN TRES AÑOS AL ENCUADRAR EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1258, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO CIVIL PARA LA ENTIDAD.

La acción de reparación de daños y perjuicios ocasionados al erario por un funcionario público, promovida por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato en la vía ordinaria civil con fundamento en el informe de resultados sancionado por el Congreso del Estado, constituye un caso de responsabilidad civil subjetiva de naturaleza extracontractual. En consecuencia, dicha acción prescribe en un plazo de tres años a partir de que se sanciona por el Congreso local el informe señalado, toda vez que encuadra en el supuesto de "responsabilidad civil proveniente de actos ilícitos que no constituyen delitos" al que hace referencia la fracción V del artículo 1258 del Código Civil de Guanajuato.

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Registro digital (IUS): 2003458

Clave: 1a./J. 36/2013 (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Primera Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 276

Precedentes

Contradicción de tesis 395/2012. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito. 13 de febrero de 2013. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por la competencia. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Unanimidad de cinco votos en cuanto al fondo. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta.Tesis de jurisprudencia 36/2013 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha trece de marzo de dos mil trece.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1a./J. 36/2013 (10a.) del MERCANTILES?

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1a./J. 36/2013 (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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