MERCANTILES

Artículo VI.1o.C.79 C (10a.). RECURSO DE RECLAMACIÓN POR EL QUE SE IMPUGNA EL PROVEÍDO QUE DA POR TERMINADA LA CONTIENDA JUDICIAL. EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RECURSO DE RECLAMACIÓN POR EL QUE SE IMPUGNA EL PROVEÍDO QUE DA POR TERMINADA LA CONTIENDA JUDICIAL. EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

Cuando el acto reclamado consiste en la resolución que resolvió el recurso de reclamación interpuesto contra el proveído que determinó no aprobar el convenio que da por finiquitada la contienda judicial, es procedente el amparo indirecto. Ello es así, pues el derecho fundamental que prevé el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indica como una forma de acceso a una justicia pronta y expedita, la existencia de mecanismos alternativos de solución a controversias como un derecho de las partes, esto es, como una forma diversa a la judicial, resultando evidente que el negar la aprobación del referido convenio, vulnera el derecho de acceso a la justicia, sin que pueda estimarse el acto reclamado como una mera violación procesal pues, de continuar el procedimiento en el juicio de origen, éste culminaría con una sentencia, en la que ya no sería analizada la legalidad de la falta de aprobación del referido acuerdo de voluntades.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2010911

Clave: VI.1o.C.79 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Enero de 2016; Tomo IV; Pág. 3417

Precedentes

Amparo en revisión 258/2014. 23 de noviembre de 2014. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Enrique Zayas Roldán. Encargada del engrose: Rosa María Temblador Vidrio. Secretaria: Lidiette Gil Vargas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.1o.C.79 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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