MERCANTILES

Artículo (IV Región)2o.10 C (10a.). CADUCIDAD DE LA SEGUNDA INSTANCIA. LA APELANTE CUMPLE CON LA CARGA PROCESAL QUE LE IMPONE EL ARTÍCULO 381 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE YUCATÁN, SI SOLICITA LA CITACIÓN DE LOS INTERESADOS PARA QUE, A SU VEZ, DENTRO DE LOS TRES DÍAS SIGUIENTES A ÉSTA, SE EFECTÚE LA AUDIENCIA DE ALEGATOS Y SI LA ALZADA DISPONE RESERVAR EL ACUERDO DE DICHA PETICIÓN, PARA SER PROVEÍDA EN SU OPORTUNIDAD, DICHO PROCEDER NO DEBE CONDUCIR A DECRETAR AQUÉLLA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

CADUCIDAD DE LA SEGUNDA INSTANCIA. LA APELANTE CUMPLE CON LA CARGA PROCESAL QUE LE IMPONE EL ARTÍCULO 381 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE YUCATÁN, SI SOLICITA LA CITACIÓN DE LOS INTERESADOS PARA QUE, A SU VEZ, DENTRO DE LOS TRES DÍAS SIGUIENTES A ÉSTA, SE EFECTÚE LA AUDIENCIA DE ALEGATOS Y SI LA ALZADA DISPONE RESERVAR EL ACUERDO DE DICHA PETICIÓN, PARA SER PROVEÍDA EN SU OPORTUNIDAD, DICHO PROCEDER NO DEBE CONDUCIR A DECRETAR AQUÉLLA.

Del artículo aludido se colige que, una vez que en el tribunal de alzada se reciben los autos o las constancias para sustanciar el correspondiente recurso de apelación, deberá darse vista a la parte apelada con el escrito de agravios, por el término de tres días; y que, una vez transcurrido ese plazo, a petición de parte, se citará a los interesados señalándoles día y hora para que, dentro de los tres días siguientes a la citación, se efectúe la audiencia de alegatos en la que se citará a las partes para sentencia. Luego, si una vez que se recibieron en el tribunal de apelación los autos o las constancias respectivas, se corrió traslado por tres días a la parte contraria de quien promovió la apelación y transcurrido dicho plazo (con o sin el desahogo a ese traslado) la parte apelante solicita la citación de los interesados para que, a su vez, dentro de los tres días siguientes a ésta se efectúe la audiencia de alegatos, pero la alzada, sin justificación alguna, dispone reservar el acuerdo de dicha solicitud "para ser proveída en su oportunidad", con validez puede aseverarse que, con ese proceder, la promovente del recurso de apelación cumplió con la carga procesal que le impone el dispositivo citado; sin que sea menester que reitere una o más veces la solicitud de citar a los interesados a la audiencia de alegatos porque, pretenderlo así, implicaría atribuirle una carga que no le exige la ley y permitiría que el proceder omiso de la autoridad de alzada se tradujera en perjuicios para la administración de justicia en general y para los justiciables en particular, dado que la inactividad (voluntaria o involuntaria) de aquélla, conduciría a decretar la caducidad de la instancia.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

---

Registro digital (IUS): 2014821

Clave: (IV Región)2o.10 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Agosto de 2017; Tomo IV; Pág. 2766

Precedentes

Amparo directo 993/2016 (cuaderno auxiliar 281/2017) del índice del Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Lenny Rosely Cob Ek. 25 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Ángel Rosas Solano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo (IV Región)2o.10 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (IV Región)2o.10 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. (IV Región)2o.10 C (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. (IV Región)2o.10 C (10a.) MERCANTILES desde tu celular