MERCANTILES

Artículo VII.1o.C.37 C (10a.). ALIMENTOS. NO ES UN IMPEDIMENTO PARA ABORDAR ESTE TEMA, EL QUE EL JUICIO DE DIVORCIO SE HAYA SUSTANCIADO EN UN ESTADO DE LA REPÚBLICA DISTINTO AL DE LA ENTIDAD DONDE SE TRAMITAN AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

ALIMENTOS. NO ES UN IMPEDIMENTO PARA ABORDAR ESTE TEMA, EL QUE EL JUICIO DE DIVORCIO SE HAYA SUSTANCIADO EN UN ESTADO DE LA REPÚBLICA DISTINTO AL DE LA ENTIDAD DONDE SE TRAMITAN AQUÉLLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

No es impedimento para abordar el tema de los alimentos con base en el artículo 162 del Código Civil para el Estado de Veracruz, el que durante el trámite del juicio relativo se demuestre que se decretó el divorcio en uno diverso sustanciado en una entidad federativa distinta; dado que si bien se demuestra la disolución del vínculo matrimonial, lo cierto es que en éste no se probó la necesidad manifiesta de alguno de los excónyuges de percibir alimentos, máxime si se deja a salvo el derecho de las partes en cuanto a ese tema. Sin que para lo anterior sea óbice que en la legislación de la entidad donde se tramitó el divorcio proceda o no la pensión compensatoria, porque la normatividad del Estado de Veracruz, a la que se sometieron las partes, no la prevé.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2015185

Clave: VII.1o.C.37 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Septiembre de 2017; Tomo III; Pág. 1801

Precedentes

Amparo directo 719/2016. 6 de abril de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Hernández Hernández. Secretario: Antonio Bandala Ruiz.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.1o.C.37 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.1o.C.37 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. VII.1o.C.37 C (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. VII.1o.C.37 C (10a.) MERCANTILES desde tu celular