MERCANTILES

Artículo XIX.1o.A.C.16 C (10a.). EMPLAZAMIENTO EN MATERIA MERCANTIL. EL ACTUARIO QUE LO PRACTICA NO ESTÁ OBLIGADO A DETALLAR O PORMENORIZAR LOS DOCUMENTOS ANEXOS CON LOS QUE CORRE TRASLADO A LA DEMANDADA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

EMPLAZAMIENTO EN MATERIA MERCANTIL. EL ACTUARIO QUE LO PRACTICA NO ESTÁ OBLIGADO A DETALLAR O PORMENORIZAR LOS DOCUMENTOS ANEXOS CON LOS QUE CORRE TRASLADO A LA DEMANDADA.

De la interpretación de los artículos 1392, 1393 y 1394 del Código de Comercio y, 310, 311 y 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a aquel ordenamiento, se obtiene que el objetivo esencial que persigue el emplazamiento es hacer del conocimiento de una persona la existencia de un juicio entablado en su contra para que pueda preparar y efectuar su defensa; de ahí la necesidad de que exista la certeza de que, al momento de realizar su llamamiento al juicio, le sean entregadas a la notificada copias de los documentos exhibidos con la demanda; sin embargo, de ello no deriva que el actuario, al practicar el emplazamiento, deba detallar o pormenorizar los documentos con los que en copia corre traslado a la demandada pues, por un lado, no existe disposición legal alguna que así lo exija expresamente y, por otro, el objetivo se cumple cuando el actuario, en ejercicio de la fe pública de la que legalmente se encuentra investido para el desempeño de su función, hace constar que corre traslado con copias simples del escrito de demanda y documentos anexos a aquél, debidamente requisitados.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2016163

Clave: XIX.1o.A.C.16 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Febrero de 2018; Tomo III; Pág. 1428

Precedentes

Amparo en revisión 53/2016. Alfredo Antonio Montiel Cedillo. 4 de mayo de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Cuautle Vargas. Secretario: Gerónimo Luis Ramos García.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XIX.1o.A.C.16 C (10a.) del MERCANTILES?

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