MERCANTILES

Artículo XIX.1o.A.C.13 C (10a.). NOTIFICACIÓN PERSONAL EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SURTE EFECTOS AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL, EN EL QUE LA PARTE INTERESADA PRESENTA EL ESCRITO POR EL QUE SOLICITA SE LE TENGA POR NOTIFICADA DE UNA RESOLUCIÓN.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NOTIFICACIÓN PERSONAL EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SURTE EFECTOS AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL, EN EL QUE LA PARTE INTERESADA PRESENTA EL ESCRITO POR EL QUE SOLICITA SE LE TENGA POR NOTIFICADA DE UNA RESOLUCIÓN.

Acorde con el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 54/2010, de rubro: "RECURSOS. LOS TÉRMINOS LEGALES PARA INTERPONERLOS COMIENZAN A CONTAR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE PRESENTA EL ESCRITO POR EL CUAL LA PARTE INTERESADA SOLICITA QUE SE LE TENGA POR NOTIFICADA LA RESOLUCIÓN DE QUE SE TRATE (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS).", la presentación del escrito por el que la parte interesada solicita que se le tenga por notificada de una resolución, tiene los efectos de una notificación personal, por lo que si dicha actuación procesal se presenta en un juicio ejecutivo mercantil, surte efectos al día siguiente hábil, al igual que las notificaciones personales conforme al Código de Comercio y, en consecuencia, los términos para interponer los recursos a que haya lugar comenzarán a correr al tercer día hábil.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2016463

Clave: XIX.1o.A.C.13 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo IV; Pág. 3423

Precedentes

Amparo directo 94/2016. Julieta Jiménez Castellanos. 19 de mayo de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Arturo Garzón Orozco. Secretaria: María Inés Hernández Compeán.Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 54/2010 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, agosto de 2010, página 340.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XIX.1o.A.C.13 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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