MERCANTILES

Artículo I.3o.C.326 C (10a.). EMBARGO DE CRÉDITOS. REQUISITOS PARA QUE SE ACTUALICE LA HIPÓTESIS CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 449 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladadécima-Épocacivil

Texto Legal

EMBARGO DE CRÉDITOS. REQUISITOS PARA QUE SE ACTUALICE LA HIPÓTESIS CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 449 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

El artículo citado establece una sanción para el caso de desobediencia a un mandato judicial consistente en que a quien soslayando la retención ordenada para asegurar un crédito, no traba el embargo o trabándolo motu proprio lo paga al deudor o a un tercero, debe repetir el pago de la cantidad que se embargó e indebidamente pagó, o que debió embargarse. Ahora bien, para que se actualice dicha hipótesis deben reunirse los siguientes requisitos: a) la existencia de un secuestro o aseguramiento de un crédito; b) la existencia de un tercero o la persona a quien se ordenó el aseguramiento de los bienes del deudor; c) la notificación a la persona a quien se le ordenó que no efectúe el pago a efecto de poner a disposición del Juez el numerario embargado; y, d) si el tercero no cumple con esa ordenanza al haber cubierto la obligación de pago, entonces, aquél se hace acreedor a la sanción consistente en repetir el pago, o sea, exhibir la misma cantidad que debió asegurar.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2017672

Clave: I.3o.C.326 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 57, Agosto de 2018; Tomo III; Pág. 2766

Precedentes

Amparo en revisión 406/2017. 4 de abril de 2018. Unanimidad de votos, con voto concurrente del Magistrado Francisco Javier Sandoval López. Ponente: Paula María García Villegas Sánchez Cordero. Secretaria: Cinthia Monserrat Ortega Mondragón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.C.326 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.C.326 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.3o.C.326 C (10a.) del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.3o.C.326 C (10a.) MERCANTILES desde tu celular