MERCANTILES

Artículo XVI.1o.C.2 C (10a.). EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE REMATE. LA PORCIÓN NORMATIVA DE LOS ARTÍCULOS 517 Y 518 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE GUANAJUATO, QUE PREVÉ LA REDUCCIÓN DE UN DIEZ POR CIENTO DEL PRECIO DEL BIEN INMUEBLE DESDE LA PRIMERA ALMONEDA, ASÍ COMO EN LAS SUBSECUENTES, NO DEBE INTERPRETARSE COMO UN CASO DE EXPLOTACIÓN DEL HOMBRE POR EL HOMBRE, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 21, NUMERAL 3, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE REMATE. LA PORCIÓN NORMATIVA DE LOS ARTÍCULOS 517 Y 518 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE GUANAJUATO, QUE PREVÉ LA REDUCCIÓN DE UN DIEZ POR CIENTO DEL PRECIO DEL BIEN INMUEBLE DESDE LA PRIMERA ALMONEDA, ASÍ COMO EN LAS SUBSECUENTES, NO DEBE INTERPRETARSE COMO UN CASO DE EXPLOTACIÓN DEL HOMBRE POR EL HOMBRE, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 21, NUMERAL 3, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió en las tesis aisladas 1a. CXCIII/2015 (10a.) y 1a. CCLXXXV/2015 (10a.), que la explotación del hombre por el hombre, a que se refiere el artículo 21, numeral 3, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, es aquella situación en la que una persona o grupo de personas utiliza abusivamente en su provecho los recursos económicos de otra, el trabajo de éstas o a las personas mismas; además de que en las operaciones contractuales, dicha categoría está reservada a casos graves en los que no sólo se obtiene un provecho económico o material, sino que también afectan la dignidad de las personas. En este orden, la circunstancia de que los artículos 517 y 518 citados, prevean que el valor del inmueble se reducirá en un diez por ciento tanto en la primera como en cada una de las subsecuentes almonedas, no debe interpretarse como una explotación del hombre por el hombre, en razón de que la depreciación del valor del bien no significa que la postora o postor abuse de la parte ejecutada al grado de afectar su derecho de propiedad, tampoco que ésta se encuentre en una posición desventajosa frente a aquélla o aquél, ni mucho menos que la venta judicial afecte su dignidad humana. Esto, porque las ventas judiciales a diferencia de las comerciales, no persiguen un propósito de lucro, sino la ejecución de la sentencia de remate que las ordena; derivado de ello, la disminución del precio en el porcentaje anotado por cada almoneda que se lleve a cabo, garantiza la posibilidad de que la enajenación del inmueble sea plausible por lo atractivo del precio ya que, de lo contrario, ante la falta de demanda y, por ende, de postores interesados en su compra, paralizaría la ejecución de la sentencia, lo cual afectaría el patrimonio tanto de las partes intervinientes en el proceso como del Estado.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2017894

Clave: XVI.1o.C.2 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 58, Septiembre de 2018; Tomo III; Pág. 2325

Precedentes

Amparo en revisión 132/2018. Ma. de Jesús Rangel. 18 de julio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Jorge López Campos. Secretaria: Elia Aurora Durán Martínez.Nota: Las tesis aisladas 1a. CXCIII/2015 (10a.) y 1a. CCLXXXV/2015 (10a.), de títulos y subtítulos: "EXPLOTACIÓN DEL HOMBRE POR EL HOMBRE. CONCEPTO." y "OPERACIONES CONTRACTUALES. SUPUESTOS EN LOS QUE SE CONSIDERAN DE EXPLOTACIÓN PROHIBIDOS POR EL ARTÍCULO 21.3 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 5 de junio de 2015 a las 9:30 horas y 2 de octubre de 2015 a las 11:30 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 19, Tomo I, junio de 2015, página 586 y 23, Tomo II, octubre de 2015, página 1657, respectivamente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XVI.1o.C.2 C (10a.) del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XVI.1o.C.2 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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