MERCANTILES

Artículo III.2o.C.97 C (10a.). POSESIÓN DE BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS EN REMATE EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. NO EXISTE PROHIBICIÓN LEGAL PARA ORDENARLA POR FALTA DE ESCRITURACIÓN, ATENTO AL DERECHO FUNDAMENTAL DE PROPIEDAD.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

POSESIÓN DE BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS EN REMATE EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. NO EXISTE PROHIBICIÓN LEGAL PARA ORDENARLA POR FALTA DE ESCRITURACIÓN, ATENTO AL DERECHO FUNDAMENTAL DE PROPIEDAD.

De la interpretación conforme en sentido estricto de los artículos 494 y 496 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en concordancia con el principio pro persona establecido en el diverso numeral 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deriva que no existe imposibilidad legal para ordenar la posesión del inmueble adjudicado en remate en un juicio ejecutivo mercantil, por falta de la escritura pública correspondiente, porque en ellos no se prevé prohibición alguna en ese sentido sino, únicamente, señalan el orden secuencial de los eventos que se presentan en el curso del procedimiento de remate conforme a su diseño legislativo, de lo que no es factible extraer un criterio de restricción al derecho fundamental de propiedad, el cual salió del patrimonio del deudor, e ingresó al del ejecutante, al causar estado la resolución aprobatoria de la adjudicación, y no existe razón para negarle al nuevo dueño el disfrute pleno del derecho recién adquirido con todos los atributos que le son propios, entre ellos, el de posesión.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2017927

Clave: III.2o.C.97 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 58, Septiembre de 2018; Tomo III; Pág. 2464

Precedentes

Amparo en revisión 393/2017. Amalia Montes Peña. 23 de febrero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Jáuregui Quintero. Secretario: Norberto Alejandro Villanueva Leal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.2o.C.97 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.2o.C.97 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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