Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El tipo de trabajo de los padres de un menor de edad es irrelevante para el otorgamiento de la guarda y custodia, pues para ello únicamente debe atenderse a la idoneidad del progenitor respecto a que proporcione al menor los cuidados y la protección necesarios. Así, la exclusión de uno de los progenitores por desempeñar un trabajo sexual, para ejercer la custodia, vulnera los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, pues es insostenible que el comercio sexual, por sí mismo, implique una afectación al interés superior de los menores.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2021471
Clave: VII.2o.C.217 C (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 74, Enero de 2020; Tomo III; Pág. 2578
Amparo directo 718/2018. 17 de octubre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel De Alba De Alba. Secretaria: Rubí Sindirely Aguilar Lasserre.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.3o.C.412 C (10a.). PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA MOLECULAR. SI EN SU DESAHOGO EL DEMANDADO OBSTACULIZA QUE SE RINDA EL PERITAJE DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, NO OBSTANTE EL EMPLEO DE MEDIDAS DE APREMIO, EL JUZGADOR DEBE ANALIZAR LAS CONSTANCIAS DEL LITIGIO Y DETERMINAR SI SE JUSTIFICA ESA CONDUCTA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
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Art. IV.2o.C.15 C (10a.). REMATE. LA EXCEPCIÓN A LA REGLA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN IV, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO, NO SE ACTUALIZA CUANDO QUIEN SE OSTENTA COMO QUEJOSA, NO ES PARTE PROCESAL DEL JUICIO DE ORIGEN Y SÓLO SE APERSONÓ A ÉL, EN AQUELLA ETAPA, A DEDUCIR SU DERECHO DEL TANTO O COMO ACREEDOR [ALCANCES DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 13/2016 (10a.)].
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