MERCANTILES

Artículo XXII.3o.A.C.8 C (10a.). RECURSO DE REVOCACIÓN. PROCEDE CONTRA EL AUTO QUE TIENE POR NO INTERPUESTO EL DIVERSO DE APELACIÓN POR NO SEÑALARSE LAS CONSTANCIAS PARA FORMAR EL CUADERNO RESPECTIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RECURSO DE REVOCACIÓN. PROCEDE CONTRA EL AUTO QUE TIENE POR NO INTERPUESTO EL DIVERSO DE APELACIÓN POR NO SEÑALARSE LAS CONSTANCIAS PARA FORMAR EL CUADERNO RESPECTIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO).

Atendiendo al método inductivo de interpretación legal, debe estimarse que si el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro, en concreto el artículo 733, no dispone recurso específico contra el auto que tiene por no interpuesto el recurso de apelación, al no señalarse las constancias para formar el cuaderno respectivo, así como tampoco establece que no pueda ser recurrido mediante algún recurso, y teniendo como premisa el enunciado normativo previsto en el precepto 721, que establece que aquellos autos que no son apelables pueden ser revocados, es de concluirse que en contra del auto que tuvo por no interpuesto el recurso de apelación procede el de revocación.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2022800

Clave: XXII.3o.A.C.8 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo IV; Pág. 3041

Precedentes

Amparo directo 321/2019. Juan José Álvarez Labrador y otra. 7 de febrero de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Eligio Nicolás Lerma Moreno. Secretario: Dominico Eduardo Hernández Chávez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XXII.3o.A.C.8 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XXII.3o.A.C.8 C (10a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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