MERCANTILES

Artículo XIX.1o.A.C.31 C (10a.). NOTIFICACIÓN PERSONAL A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO Y MEDIANTE EL SISTEMA DEL TRIBUNAL ELECTRÓNICO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE REALIZA.

Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NOTIFICACIÓN PERSONAL A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO Y MEDIANTE EL SISTEMA DEL TRIBUNAL ELECTRÓNICO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE REALIZA.

En términos del artículo 63 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, las notificaciones personales se consideran hechas el mismo día de la diligencia respectiva. Razón por la que si el diverso numeral 68 BIS del citado ordenamiento legal señala que las partes pueden autorizar que a través del correo electrónico y mediante el sistema del tribunal electrónico del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, se les realicen notificaciones, aun las de carácter personal, es inconcuso que una de este tipo realizada por dicha vía, surte efectos el mismo día en que se hace.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2024284

Clave: XIX.1o.A.C.31 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Marzo de 2022; Tomo IV; Pág. 3383

Precedentes

Amparo directo 388/2017. Noé Colmenero Herrera. 27 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Cuautle Vargas. Secretario: Gerónimo Luis Ramos García.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XIX.1o.A.C.31 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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