MERCANTILES

Artículo IUS 800350. PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA.

No es obstáculo el hecho de que la madre provea a la subsistencia y cuidado de los hijos, para que el padre que no lo hiciere y demuestre desinterés por ellos, teniendo los medios para proveer sobre su educación, subsistencia y cuidado, pierda la patria potestad, por virtud de lo que preceptúa el artículo 444 fracción III del Código Civil para el Distrito Federal, ya que esta conducta de desamparo compromete la salud, seguridad y moralidad de los menores.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800350

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 463

Precedentes

Amparo directo 1437/88. Mario Espejel Flores. 30 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez. Secretario: José Vicente Peredo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800350 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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