Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Si en un amparo directo se reclama la sentencia que declaró probada la acción sobre reivindicación de un inmueble y se concede la suspensión del acto reclamado, debe admitirse la contrafianza propuesta por el tercero perjudicado en virtud de que en caso de concederse la protección constitucional al agraviado, éste sería restituido en la posesión del inmueble, atento los efectos eminentemente restitutorios de la sentencia.
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Registro digital (IUS): 801723
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 92
Queja 147/60. Josefina García y coagraviado. 18 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XXIV, página 130. Queja 248/58. Rosa María Martínez Macías. 9 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Volumen XXI, página 64. Queja 246/58. Julia Macías viuda de Avila. 10 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen XXI, página 64. Queja 10/58. Domingo Acosta Guajardo. 10 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Volumen XX, página 52. Queja 134/58. Rigoberto González Flores. 24 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Nota: En el Volumen XXIV, página 130, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRAFIANZA. PROCEDENCIA DE LA, PARA LLEVAR ADELANTE LA DESOCUPACION ORDENADA EN JUICIO REIVINDICATORIO.".En el Volumen XXI, página 64, esta tesis aparece bajo el rubro "CONTRAFIANZA. PROCEDENCIA DE LA, PARA EJECUTAR LA SENTENCIA DE UN JUICIO REIVINDICATORIO.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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