Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La confesión ficta produce presunción legal que, de acuerdo con los artículos 254 y 270 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, hace prueba plena salvo que existan pruebas que las contradigan.
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Registro digital (IUS): 803383
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 42
Amparo directo 7300/59. Virginia Cajica de Almendaro. 11 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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