MERCANTILES

Artículo IUS 804172. PRESCRIPCION POSITIVA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESCRIPCION POSITIVA.

Aun cuando por virtud de una sentencia se haya cancelado el registro de la escritura por la cual adquirió un predio quien lo posee, la declaratoria respectiva no obstaculiza que dicho poseedor adquiera la propiedad por el transcurso del tiempo e independientemente de cualquier acto traslativo de dominio, si la sentencia que declaró la nulidad de los actos en virtud de los cuales se adquirió el bien, se dictó cuando ya se había consumado la prescripción.

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Registro digital (IUS): 804172

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1108

Precedentes

Amparo civil directo 1837/54. Evia viuda de Valencia Manuela. 22 de junio de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804172 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804172 de la J. Mercantiles SCJN?

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