MERCANTILES

Artículo IUS 804187. SUBARRENDAMIENTO, DESOCUPACION EN CASO DE (INTERES JURIDICO).

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

SUBARRENDAMIENTO, DESOCUPACION EN CASO DE (INTERES JURIDICO).

Aunque el fallo combatido haya sido omiso porque nada resolvió respecto de la acción intentada contra el subarrendatario sobre desocupación y entrega a la quejosa, de un inmueble, dicha omisión no es eficaz para que ésta pueda obtener la protección constitucional, en virtud de que con ella no se afectan en manera alguna sus intereses jurídicos, si al resolverse sobre la rescisión de contrato exigida del arrendatario, se devolvió a éste y quedó en vigor el contrato de arrendamiento, pues la quejosa no pudo disponer de la cosa arrendada mientras ese contrato siguiera surtiendo sus efectos.

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Registro digital (IUS): 804187

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 474

Precedentes

Amparo civil directo 1247/51. Aguirre de Arche Rosa. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804187 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804187 de la J. Mercantiles SCJN?

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