MERCANTILES

Artículo IUS 804191. SOCIEDADES EN LIQUIDACION (MANDATO).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SOCIEDADES EN LIQUIDACION (MANDATO).

El mandato no concluye con el estado de liquidación de la sociedad mandante, porque en caso de haber un juicio, conforme al artículo 2588 del Código Civil, el mandatario está obligado a continuarlo por todos sus trámites, mientras no cese en su encargo por alguna de las causas señaladas por el artículo 2595, entre las cuales no figura la de la disolución anticipada y liquidación de una sociedad.

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Registro digital (IUS): 804191

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1160

Precedentes

Amparo civil directo 1866/52. Alvarez y Alvarez Rafael. 23 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804191 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804191 de la J. Mercantiles SCJN?

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