MERCANTILES

Artículo IUS 804897. ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL (LEGISLACION DE DURANGO).

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL (LEGISLACION DE DURANGO).

Aun suponiendo que el Código Civil de 1990 fuera la ley vigente en el momento de la celebración de un contrato de arrendamiento, el mismo no es aplicable si ya había terminado su vigencia antes de la conclusión del plazo estipulado, porque en esa fecha ya había empezado a regir el Decreto número 265.

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Registro digital (IUS): 804897

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 794

Precedentes

Amparo civil directo 4978/50. Palacio Angel del. 18 de noviembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804897 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804897 de la J. Mercantiles SCJN?

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