MERCANTILES

Artículo IUS 804900. PELUQUERIAS, LEY INQUILINARIA DE VERACRUZ.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

PELUQUERIAS, LEY INQUILINARIA DE VERACRUZ.

El negocio de peluquería no puede considerarse una industria en pequeño, ni estimarse comprendido en el inciso a), del artículo 1o. de la Ley del Inquilinato del Estado de Veracruz.

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Registro digital (IUS): 804900

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 798

Precedentes

Amparo civil directo 7088/47. Cortés López José. 18 de noviembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804900 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804900 de la J. Mercantiles SCJN?

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