Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
No es exacto que para la existencia del proceso sea indispensable que haya controversia o debate entre las partes, ya que la actividad jurisdiccional se desenvuelve siempre que la autoridad decide sobre la justificación de una pretensión, sin que para ello importe que ésta sea rechazada o admitida por el colitigante.
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Registro digital (IUS): 804903
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 913
Amparo civil directo 8708/40. Rivero Salazar Rafael del. 8 de septiembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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