MERCANTILES

Artículo IUS 804983. SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS, NULIDAD DE RESOLUCIONES DICTADAS POR LOS, SIN FACULTADES PARA ELLO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SECRETARIOS DE LOS JUZGADOS, NULIDAD DE RESOLUCIONES DICTADAS POR LOS, SIN FACULTADES PARA ELLO.

La resolución pronunciada sin facultad legal alguna, por el secretario de un Juzgado, debe combatirse mediante un incidente de nulidad y no como agravio en queja, porque ésta sólo procede contra las resoluciones dictadas por las autoridades, en el ejercicio de sus funciones.

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Registro digital (IUS): 804983

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 147

Precedentes

Amparo civil en revisión 3661/47. Francisca María. 6 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Mercado Alarcón. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804983 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804983 de la J. Mercantiles SCJN?

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