MERCANTILES

Artículo IUS 805713. SOCIEDAD CONYUGAL, BIENES NO PERTENECIENTES A LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SOCIEDAD CONYUGAL, BIENES NO PERTENECIENTES A LA.

De acuerdo con el artículo 1999 del Código Civil para el Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, los bienes adquiridos por herencia no entraban a formar parte de la sociedad conyugal.

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Registro digital (IUS): 805713

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1564

Precedentes

Amparo civil directo 5418/47. Anaya y Madrid Silverio, sucesión de. 24 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805713 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805713 de la J. Mercantiles SCJN?

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