MERCANTILES

Artículo IUS 806034. SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO, FACULTADES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO, FACULTADES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Se rige por lo dispuesto en el artículo 173, en relación con lo que previenen los artículos 125, párrafo segundo, 126, 127 y 128 de la Ley de Amparo, y no por lo que perceptúa el artículo 124 del mismo ordenamiento. Por tanto, la suspensión en amparo civil directo debe concederse de plano, mediante garantía bastante para responder de los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a terceros, y por lo mismo, no queda a la discreción de la autoridad analizar si con la medida se sigue perjuicio al interés general o se contravienen disposiciones de orden público.

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Registro digital (IUS): 806034

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1129

Precedentes

Queja en amparo civil 94/48. Ayala Ofelia. 7 de mayo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806034 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806034 de la J. Mercantiles SCJN?

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