Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si el arrendatario subarrendó el local arrendado, haciendo uso de la autorización a ese efecto concedida en el contrato, sin desligarse de sus relaciones contractuales con el arrendador, el subarrendatario tiene que estar a las resultas del juicio de desocupación seguido contra el inquilino, pues no puede conceptuársele como tercero extraño, sino como causahabiente que fue oído por medio de su causante, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2482 del Código Civil del Distrito Federal.
---
Registro digital (IUS): 806630
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2503
Amparo civil en revisión 9269/43. Alvarez González Vicente. 5 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 806626. HIPOTECA, ACCION REAL DE (CONTRATOS, MOTIVO DETERMINANTE EN LOS).
Siguiente
Art. IUS 806642. SUSPENSION PEDIDA POR EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO (SUBARRENDATARIOS).
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo