MERCANTILES

Artículo IUS 806716. PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER.

La facultad que el artículo 225 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz concede al juzgador para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos, está limitada para el caso en que las pruebas no estén prohibidas por la ley, y está prohibido expresamente que el actor presente los documentos base de su acción, después de formulada su demanda.

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Registro digital (IUS): 806716

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2508

Precedentes

Amparo civil directo 6942/43. Campos Isidro. 19 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Emilio Pardo Aspe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806716 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806716 de la J. Mercantiles SCJN?

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