Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si de la fecha del fallecimiento del autor de la sucesión, a la del escrito en que se denunció el intestado, transcurrió un largo periodo de tiempo, y por otra parte, el albacea de la sucesión confesó en el juicio sobre prescripción positiva, seguido en contra de ésta, que no han pagado las contribuciones de los predios, objeto de dicho juicio, así como que no han identificado tales predios, es de presumirse que la propia sucesión ha tenido abandonados los predios de que se trata, lo que corrobora la posesión que de los mismos alegue el actor.
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Registro digital (IUS): 807012
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2004
Amparo civil directo 4737/43. Monterrubio Bustillos Francisco. 24 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 807011. PRESCRIPCION POSITIVA, TRATANDOSE DE COSA COMUN.
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