MERCANTILES

Artículo IUS 807016. PRESUNCIONES HUMANAS, APRECIACION DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESUNCIONES HUMANAS, APRECIACION DE LAS.

De acuerdo con los artículos 1306 del Código de Comercio y 423 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, los Jueces apreciarán en justicia el valor de las presunciones humanas; pero esto no los autoriza a hacer la apreciación de que se trata, únicamente en su fuero interno, sino que deben externarla y determinar la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos y el enlace natural, más o menos necesario, que exista entre la verdad conocida y la que se busca, para fundar cuidadosamente su sentencia, como lo dispone el artículo 424 del código procesal citado.

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Registro digital (IUS): 807016

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2099

Precedentes

Amparo civil directo 6934/41. Sánchez Gavito y Beteta Indalecio, sucesión de. 26 de octubre de 1944. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo e Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807016 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807016 de la J. Mercantiles SCJN?

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