MERCANTILES

Artículo IUS 807103. POSESION, PRUEBA PRESUNTIVA DE LA (LEGISLACION DE DURANGO).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

POSESION, PRUEBA PRESUNTIVA DE LA (LEGISLACION DE DURANGO).

Es inexacto que la posesión no pueda justificarse por medio de presunciones, ya que al determinar el artículo 2700 del Código Civil de Durango, que si la cosa vendida es raíz, se dice entregada luego que está otorgada la escritura pública, y si ésta no fuere necesaria, luego que se otorga el respectivo instrumento privado, establece una presunción legal, que subsiste salvo prueba en contrario.

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Registro digital (IUS): 807103

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3625

Precedentes

Amparo civil en revisión 2579/42. Bermúdez Gregoria y coagraviada. 19 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807103 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807103 de la J. Mercantiles SCJN?

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