MERCANTILES

Artículo IUS 807299. PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, FIANZA PARA DECRETAR LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, FIANZA PARA DECRETAR LAS (LEGISLACION DE VERACRUZ).

De los términos de los artículos 191 y 192 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, se desprende que la fianza a que alude el último de esos preceptos, se constituye para responder de la indemnización a que fuere condenado quien promovió la providencia, y que el fiador está obligado a las resultas del juicio, sin que sea necesario oírlo de manera especial, para obligarlo al cumplimiento de sus obligaciones legales, adquiridas en el contrato voluntario que celebró con su fiado.

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Registro digital (IUS): 807299

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1584

Precedentes

Amparo civil en revisión 1633/43. Crédito Afianzador, S. A. 21 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807299 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807299 de la J. Mercantiles SCJN?

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