Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La circunstancia de que un cónyuge promueva un juicio de divorcio contra el otro, sin justificar la causa relativa, determina que quien lo promueva tenga el carácter de cónyuge culpable por haber dado causa al nuevo juicio de divorcio que promueve el otro y que por tanto se funde la pérdida del derecho de percibir alimentos.
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Registro digital (IUS): 807486
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 380
Amparo directo 2014/54. Manuela Barbosa de charles. 2 de febrero de 1956. Cinco votos. Ponente: Hilario Medina.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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