Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si una persona que vendió en abonos un predio, quiere demostrar su interés jurídico, para los efectos del amparo, es necesario que compruebe la falta de pago, para establecer si, por virtud de la condición resolutoria que existe en el contrato de compraventa, se resolvió la obligación de pleno derecho y si, por consiguiente, dicha persona readquirió la propiedad del predio, sin necesidad de acudir a la autoridad judicial en demanda de la reclamación correspondiente.
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Registro digital (IUS): 807617
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3361
Amparo administrativo en revisión 4310/43. González Fariño Ernesto. 16 de noviembre de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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