Tesis aislada · Séptima Época · Tercera Sala
El representante de la ausente carece de facultad legal para demandar la nulidad del matrimonio, que el cónyuge de la propia ausente, celebra con persona distinta de tal ausente; en razón de que el ejercicio de la acción de dicha nulidad de matrimonio es de carácter estrictamente personal.
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Registro digital (IUS): 807640
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1969; Pág. 31
Amparo directo 6450/68. Hermilio Obregón Aguilar como representante de Esperanza Obregón Aguilar. 31 de julio de 1969. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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