MERCANTILES

Artículo IUS 807834. PRESUNCIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESUNCIONES.

Si la autoridad responsable se concretó a estudiar por separado las pruebas rendidas, sin relacionarlas entre sí, esto es, no tomó en cuenta las presunciones que de ellas se derivan, con tal proceder infringió el artículo 423 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, motivo por el cual debe concederse el amparo, para el efecto de que dicha autoridad dicte nueva sentencia, en la que tenga en consideración la prueba presuntiva.

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Registro digital (IUS): 807834

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1727

Precedentes

Amparo civil directo 2961/46. Trejo Ubaldo. 9 de marzo de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. Relator: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807834 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807834 de la J. Mercantiles SCJN?

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