MERCANTILES

Artículo 123 . REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL.

Tesis aislada · Séptima Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL.

A fin de dar cumplimiento a la jurisprudencia número 312, visible a fojas 941 de la Cuarta Parte de la última compilación de fallos, en los juicios sobre rectificación de actas del Registro Civil, para acreditar el cambio demandado, deben ofrecerse no solamente la prueba de testigos, sino todas aquellas que puedan demostrar su justificación, como son: pruebas documentales, públicas y privadas, como actas de nacimiento, de matrimonio, de nacimientos de hijos, documentos oficiales de filiación, de identidad, pasaportes migratorios, nombramientos, cargos honoríficos, distinciones relativas a intervención en actos y actividades públicas, judiciales, administrativas o sobre anotaciones en Registros Públicos, como actos significativos de la vida civil, artística y social; además debe llamarse a juicio no sólo al titular del Registro Civil, que generalmente no ocurre al mismo, sino también a todas las personas a quien pueda modificar su estado civil la rectificación demandada o afectar su interés jurídico, como pueden ser el cónyuge, los ascendientes o descendientes del solicitante, a fin de no violar en perjuicio de éstos la garantía de audiencia consagrada en el artículo constitucional, dado que de otro modo el juicio se convierte en una información testimonial.

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Registro digital (IUS): 807853

Clave: 123

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1978, Parte II; Pág. 81

Precedentes

Amparo directo 6004/77. Toribio Blanco Martínez y otra. 17 de abril de 1978. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario. Carlos Alfredo Soto Villaseñor.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Séptima Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 123 de la J. Mercantiles SCJN?

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