MERCANTILES

Artículo IUS 807919. REVOCACION, RECURSO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REVOCACION, RECURSO DE (LEGISLACION DE PUEBLA).

No existe razón alguna para estimar que el artículo 487 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, que instituyó el recurso de revocación contra decretos y autos, se refiere exclusivamente a los que se dicten en primera instancia.

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Registro digital (IUS): 807919

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1321

Precedentes

Amparo civil en revisión 6125/42. Cuautli Isabel y coaga. 18 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en la resolución de este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807919 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807919 de la J. Mercantiles SCJN?

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