Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si la posesión se llevó a cabo, es un hecho que se realizó materialmente, y por lo mismo, no cabe conceder contra ella la suspensión.
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Registro digital (IUS): 808540
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3004
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3390/42. Manzano Jovita. 1o. de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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