MERCANTILES

Artículo IUS 808597. PAGOS, ESPERAS EN CASO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PAGOS, ESPERAS EN CASO DE.

La simple abstención de cobro oportuno, o la tolerancia del acreedor respecto a la fecha en que debe hacérsele el pago, no implica en rigor, una espera que pueda liberar al fiador, si ella no implica una modificación o alteración de las condiciones del contrato, y la ley civil prevé el caso, dando derecho al fiador para exigir del acreedor, que intente su acción y si no lo hace en el tiempo que la misma ley fija, queda desligado aquél de la obligación accesoria.

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Registro digital (IUS): 808597

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1086

Precedentes

Amparo civil directo 2540/39. Cerisola Alejandro. 31 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808597 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808597 de la J. Mercantiles SCJN?

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