MERCANTILES

Artículo IUS 808618. SENTENCIAS CIVILES, SUSPENSION CON MOTIVO DE EJECUCION DE, EN BIENES DE UN EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SENTENCIAS CIVILES, SUSPENSION CON MOTIVO DE EJECUCION DE, EN BIENES DE UN EXTRAÑO AL PROCEDIMIENTO.

Si se reclama en amparo la sentencia que mandó entregar al actor en un juicio civil ordinario, un predio rústico, siendo el quejoso extraño al procedimiento, la suspensión debe concederse, mediante fianza, puesto que con la medida no se afecta el interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, por tratarse de una contienda entre particulares.

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Registro digital (IUS): 808618

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1537

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5151/39. Mendoza Félix. 9 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808618 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808618 de la J. Mercantiles SCJN?

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