Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Independientemente de los motivos remotos de la obligación, cuando los obligados firman un pagaré y reconocen éste durante el juicio, se objetiva la obligación en él contenida, para cubrir su importe, independientemente del origen del adeudo, y sin que la variante introducida en el mismo, respecto a la existencia de un contrato de mutuo mercantil, implique ineficacia de la obligación contraída.
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Registro digital (IUS): 808733
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1826
Amparo civil directo 1323/35. Barrón Medina Raúl y coagraviado. 14 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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