MERCANTILES

Artículo IUS 809556. CONYUGE SUPERSTITE, POSESION DE LOS BIENES DE LA HERENCIA POR EL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

CONYUGE SUPERSTITE, POSESION DE LOS BIENES DE LA HERENCIA POR EL.

No puede reclamarla ni retenerla el cónyuge que sobrevive, cuando existe una ejecutoria que declare la nulidad del matrimonio, aunque tal cónyuge hubiese celebrado el mismo, de buena fe, ya que los derechos que a este respecto le incumben, debe ejercitarlos en la forma y términos que correspondan, sin que le den derecho para retener la posesión de los bienes que legalmente corresponde al albacea.

---

Registro digital (IUS): 809556

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1934

Precedentes

Amparo civil en revisión 1634/31. Arvizo viuda de Domínguez Julia y coagraviado. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809556 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809556 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 809556 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 809556 MERCANTILES desde tu celular