Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Para que haya obligación de registrar los poderes otorgados por una sociedad mercantil, es condición indispensable que dichos poderes sean generales; y deben considerarse generales, los que no se refieren a un negocio especial o a varios especificadamente designados, sino los que se dan para gestionar todos los de un ramo determinado.
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Registro digital (IUS): 809666
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1408
Amparo civil en revisión 2636/31. Julius Reschilok, S. en C. 29 de febrero de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VII.2o.C.88 C (10a.). CONVENIO DE DIVORCIO. SI UN MENOR DE EDAD INTERVIENE EN EL PROCEDIMIENTO DE ORIGEN MEDIANTE LA REPRESENTACIÓN DE CUALQUIERA DE SUS PADRES Y, ANTE LO EXPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO AL JUZGADO NATURAL QUE INTERCEDIÓ PARA SALVAGUARDAR SUS INTERESES, NO PUEDE ESTIMARSE QUE SE VIOLENTA EN SU PERJUICIO LO PACTADO EN LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, POR LO QUE RESULTA INNECESARIO DESIGNARLE UN REPRESENTANTE ESPECIAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
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Art. IUS 809670. VENTA CON PACTO DE RETROVENTA, EXTINCION DEL PLAZO CONVENIDO PARA LA REDENCION DE LA COSA EN ELLA.
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