Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Ninguna personalidad tiene para oponerse a la revalidación de actuaciones, quien no fue parte en el juicio que se pretende revalidar; debiendo ejercitar sus derechos en la vía y forma correspondientes, y no por los medios excepcionales establecidos por la Ley de Revalidación.
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Registro digital (IUS): 809880
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 731
Amparo civil en revisión 177/20. Banco de Guanajuato. 14 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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